miércoles, 12 de noviembre de 2014

Con T de Tasa: Nociones básicas

Querido lector:

Convivimos con las tasas judiciales desde hace casi dos años. Pero, ¿qué son las tasas judiciales?

Según la RAE, una tasa es un tributo que se impone al disfrute de ciertos servicios o al ejercicio de ciertas actividades. Por otro lado, la Ley General de Tributaria establece, en su artículo 2.2 a), que una tasa es un tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado.

Dicho de una forma y, para ahorrarnos formalismos innecesarios entre amigos, una tasa es el precio de un servicio público. Por tanto, las tasas judiciales son el precio que nuestro querido Ministro de Justicia anterior consideró justo y necesario para el servicio de la Justicia.

Imagen 1. Fuente: http://iwrite.es/tag/gallardon/


Ahora bien, ¿sabemos qué pagamos con las tasas judiciales?

Para un juicio, digamos normalito, por ejemplo: Juicio ordinario en la jurisdicción civil, la cuota (precio) fijo es de 200 euros. Pero la cosa no que ahí, porque también se establece una cuota (precio) variable, que supone aplicar un porcentaje a la cuantía total del procedimiento. ¡Ojo!, nuestro querido ex-Ministro pensó en todo y fue tan amable y benévolo que dispuso un límite de la cuantía variable en 2.000 euros para el ciudadano de a pie (lo que cualquier niño de 4 años tiene en la hucha del cerdito), pero se olvidó de establecerlo para las empresas (¡cachis!)

A la pregunta de qué pagamos, la respuesta es: El servicio de justicia. Un servicio de justicia totalmente eficaz y eficiente, sin demoras, sin procedimientos que se alargan y estiran en el tiempo cual chicle de Boomer, sin juzgados congestionados. No, no. Como diría el Sr. Aznar: ¡La Justicia va bien!

Pues mire usted, Sr. Aznar, Sr. Gallardón, estimado lector: El Periódico 20Minutos publicaba en mayo de este año1 que según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), los asuntos de la jurisdicción civil estuvieron en los tribunales de primera instancia una media de 7,6 meses, siendo los Mercantiles los que más tardaron, una media de 39,3 meses (más de tres años).

Deseo pensar, querido lector, que nuestro ex decidió imponer esas tasas para agilizar la Administración de Justicia y no sólo para recaudar, pero de cualquier forma, esta “solución” no me parece la más justa, porque ¿quién se libra de pagar las tasas? Aquellos a los que se les haya reconocido el derecho a la Justicia Gratuita y la probabilidad de que estés en este caso es menor que la probabilidad de que te toque “El Gordo” de Navidad.

Así que, estamos pagando un servicio público que siempre había sido gratuito para las personas físicas (el españolito de a pie). Un servicio lento, costoso, con interminables recursos para, al final, obtener una sentencia que puede ser o no favorable.

Ah! Se me olvidaba. El hecho de que tú, españolito de a pie, o tú, empresa, obtengas una sentencia favorable en la que se diga que tienes derecho a que Menganito te pague lo que te debe no implica que lo vayas a cobrar. Sí, sí, como te lo cuento. Porque Menganito es declarado insolvente y, claro, no puede pagarte si es insolvente.

Conclusión: Te deben dinero, pagas abogado, pagas procurador, pagas tasas, obtienes sentencia que te da la razón y, DESPUÉS DE TANTO PAGAR, NO PUEDES COBRAR.

Y yo me pregunto, ¿HAY JUSTICIA PARA TODOS?

 
1http://www.20minutos.es/noticia/2137900/0/comunidades-autonomas/justicia/lenta/#xtor=AD-15&xts=467263





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