jueves, 29 de enero de 2015

Cine de estrados (II)

Querido lector: 

¿Se te ha hecho muy larga la espera? Aquí están las cinco películas jurídicas que más me gustan y completamos el primer #Top10 del blog.

Cadena perpetua #5.- “Cadena perpetua”. Narra la historia de condenados a cadena perpetua pero no quiero centrarme en el argumento del film sino en su propio título. En España no existe esta forma de pena de prisión, no obstante, en estas últimas semanas los medios de comunicación se han hecho eco de que, en el proyecto de ley del Código Penal (que se está tramitando en el Congreso), se ha incluido la figura de la prisión permanente revisable, una especie de cadena perpetua pero con carácter reversible que nunca ha existido en la España democrática y que el Gobierno anunció en 2013 para determinados delitos muy graves. 

Esa pena consiste en que, cuando el preso lleva un determinado tiempo en la cárcel -entre 25 y 35 años, según los delitos-, un tribunal debe evaluar si está rehabilitado. Si lo está, sale de prisión (aunque pasará de cinco a diez años en libertad condicional); si no lo está, sigue en la cárcel y volverá a ser evaluado cada año.

#4.- “Las dos caras de la verdad”. Una gran película que muestra la función que cumplen las circunstancias atenuantes y eximentes de la responsabilidad penal. Las atenuantes atenúan o disminuyen la responsabilidad de aquellas personas en las que concurren, es decir, se les aplica una pena más baja por existir en ellos una de esas circunstancias. Por otro lado, las eximentes exoneran al culpable, es decir, desaparece la culpabilidad: Un ejemplo claro es la legítima defensa.

En este caso, la defensa se basa en un trastorno de identidad disociativo e intenta convencer al juez de la absolución. En España, este supuesto se encontraría entre las circunstancias eximentes del art. 20, en concreto, se aplicaría la del párrafo 1º del CP: “El que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión.”. Se entiende que están incluidos en este artículo los trastornos mentales orgánicos, denominados también psicosis exógenas (entre los que se debe incluir la epilepsia), la esquizofrenia y los trastornos delirantes persistentes (paranoia), como prototipo de psicosis endógenas, los trastornos del humor o afectivos (entre los que destaca la psicosis maniacodepresiva o trastorno bipolar), las neurosis, las psicopatías y el retraso mental.

#3.- “La tapadera”. Protagonizada por un joven y guapísimo Tom Cruise, vaya eso por delante, esta película muestra un tipo de delito que están en auge en nuestro país: El blanqueo de capitales por parte de una empresa pero, no de cualquiera, sino de un Despacho de Abogados.

La tapadera Nuestro querido Tom, querido lector, es un recién licenciado que llega a este Despacho y se da cuenta de que hay algún que otro asunto turbio… Suponiendo que estuviese en España, ¿qué debería hacer? Pues bien, la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales establece que son sujetos obligados en dicha prevención “los abogados, procuradores u otros profesionales independientes cuando participen en la concepción, realización o asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes relativas a la compraventa de bienes inmuebles o entidades comerciales, la gestión de fondos, valores u otros activos, la apertura o gestión de cuentas corrientes, cuentas de ahorros o cuentas de valores, la organización de las aportaciones necesarias para la creación, el funcionamiento o la gestión de empresas o la creación, el funcionamiento o la gestión de fideicomisos («trusts»), sociedades o estructuras análogas, o cuando actúen por cuenta de clientes en cualquier operación financiera o inmobiliaria”, además, la Ley les obliga a aplicar la diligencia debida para que no se puedan perpetrar el delito.

Algunos hombres buenos #2.- “Algunos hombres buenos”. Sí, otra vez Tom y otra vez de abogado pero en un ámbito distinto: La Jurisdicción Militar. En nuestro ordenamiento jurídico, la Jurisdicción militar está expresamente contenida en la Constitución, aunque ésta debe limitarse al ámbito propiamente castrense y a las situaciones de estado de sitio, tal y como establece el art. 117.5 CE. Es decir, la Jurisdicción Militar está presente en la CE como una excepción al principio de unidad jurisdiccional, ya que este principio supone que hay un único poder que es el ejercido por los miembros establecidos en la LOPJ.

La Jurisdicción militar es la demostración expresa de un sistema ampliamente jerarquizado con una cadena de mando inquebrantable, que consiste en la obediencia al superior jerárquico y a los códigos de honor correspondientes a cada División (en este caso, La Marina Americana). Es decir, esta Jurisdicción consiste en el poder o potestad que tienen los superiores jerárquicos de hacer que sus subordinados cumplan sus órdenes.

Entre todas las instituciones que aparecen en el film, cabe mencionar el Tribunal del Jurado, los abogados, el Ministerio Fiscal y el Juez. Cada una de ellas tiene una relación y concepción distintas con la Justicia, es más, se pueden apreciar distintas caracterizaciones y actitudes ante ella por la problemática que se plantea.

#1.- “Crimen perfecto”. Visto sólo el título pensarás, querido lector, que es otra de las muchas películas en las que sólo se trata de resolver un crimen perfecto pero, la verdad es que va mucho más allá.

La cuestión jurídica que merece mayor atención en esta película es el efecto de cosa juzgada. La cosa juzgada es el pronunciamiento irrevocable del pronunciamiento del Juez, es decir, que no se va a poder revocar (si se pudieran revocar, no tendría sentido acudir a la Justicia, porque si se puede alterar un pronunciamiento de cualquier manera no sería eficaz para los derechos de los ciudadanos). 

Es decir, si alguien es acusado por tentativa de homicidio y se dicta sentencia exculpatoria, sobre esos hechos (el intento de matar a una persona) no se va a poder abrir un nuevo proceso pero, ¿y si la persona a la que se intentó matar, muere finalmente? ¿y si es el propio exculpado el que autoriza la desconexión de la respiración asistida para que, la persona que supuestamente intentó matar, muera?


2 comentarios:

  1. Hola compañera!
    Muy buena sección! En mi caso y aunque mi Top1 está reñido entre Cadena perpetua y Doce hombres sin piedad, te recomiendo El inocente.
    Saludos

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  2. Muchisimas gracias Miriam por pasarte y dejarme una recomendacion. Creo que la echaron hace poco en la tele ¿no? Voy a seguir tu consejo y la vere y, ahora que tengo otra pelicula juridica pendiente, quien sabe, igual tengo que cambiar el Top10.

    ¡Un saludo!

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